El Consejo Escolar de Adolfo Alsina informa que según circular de la Dirección Provincial de Personal de la Secretaría General de la Gobernación, se habilita al personal docente, auxiliar y/o administrativo que se postule como precandidato en las elecciones abiertas y simultáneas a desarrollarse el 14 de agosto, a usufructuar la licencia prevista en el artículo 58 de la ley 10.430, en la redacción dada por la ley 13.967.
La misma establece que "el agente de la Administración Pública que fuera designado por partidos políticos o agrupaciones políticas reconocidas, como candidato a un cargo electivo titular o suplente de cualquier índole y en cualquier jurisdicción, tendrá derecho al uso de licencia con goce íntegro de haberes hasta el día del comicio inclusive y desde treinta (30) días anteriores al mismo, como máximo.”
Los interesados deberán acreditar su condición de precandidato a través de la certificación que expida la Junta Electoral Provincial.
Asimismo la circular señala que quienes resulten electos en las elecciones primarias podrán gozar también de la licencia con motivo de las elecciones generales del día 23 de octubre de 2011, previa acreditación de su condición de candidato electo.
Consejo Escolar de Adolfo Alsina
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